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	<title>asesoría fiscal &#8211; C72 Asesores</title>
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	<description>Asesoría fiscal, mercantil, contable y laboral en Madrid. Paseo de la Castellana 72</description>
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		<title>Inicio de la campaña de la Renta 2026</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Comunicacion]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 08 Apr 2026 12:12:07 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Información del Sector]]></category>
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					<description><![CDATA[El 8 de abril se inicia la campaña de la declaración de la renta correspondiente al ejercicio fiscal 2025, dando comienzo al plazo para su presentación por vía telemática a través de la Agencia Tributaria. La campaña de este año incorpora diversas novedades fiscales relevantes, entre las que destacan nuevas deducciones para rentas bajas, incentivos...]]></description>
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<figure class="wp-block-image size-large"><img fetchpriority="high" decoding="async" width="819" height="1024" src="https://c72asesores.com/wp-content/uploads/2026/04/Version-alta-819x1024.png" alt="Imagen informativa de C72 ASESORES sobre el inicio de la campaña de la declaración de la renta el 8 de abril de 2026. Incluye información sobre quién debe presentarla, los factores que determinan la obligación y recomendaciones como revisar el borrador, declarar todos los ingresos y aplicar correctamente las deducciones." class="wp-image-2215" srcset="https://c72asesores.com/wp-content/uploads/2026/04/Version-alta-819x1024.png 819w, https://c72asesores.com/wp-content/uploads/2026/04/Version-alta-240x300.png 240w, https://c72asesores.com/wp-content/uploads/2026/04/Version-alta-768x960.png 768w, https://c72asesores.com/wp-content/uploads/2026/04/Version-alta.png 1080w" sizes="(max-width: 819px) 100vw, 819px" /></figure>



<p>El <strong>8 de abril</strong> se inicia la campaña de la declaración de la renta correspondiente al ejercicio fiscal 2025, dando comienzo al plazo para su presentación por vía telemática a través de la Agencia Tributaria.</p>



<p>La campaña de este año incorpora diversas <strong>novedades fiscales relevantes</strong>, entre las que destacan nuevas deducciones para rentas bajas, incentivos ligados a la eficiencia energética y una mayor carga fiscal para las rentas del ahorro más elevadas, así como ajustes en los límites de obligación de declarar.</p>



<p>Se trata de una de las principales obligaciones fiscales para contribuyentes y empresas, que requiere una correcta revisión de la información fiscal y una adecuada planificación para evitar errores o contingencias. Así que, si tienes dudas no dudes en contactar con nosotros.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué implica el inicio de la campaña?</strong></h2>



<p>Desde el <strong>8 de abril hasta el 30 de junio</strong>, los contribuyentes podrán presentar su declaración de la renta por Internet mediante el sistema <strong>Renta Web</strong>.</p>



<p>Este inicio marca también la disponibilidad del <strong>borrador de la declaración</strong>, que puede ser consultado, modificado y presentado directamente.</p>



<p>Además, en esta campaña se refuerzan las herramientas digitales de la Agencia Tributaria, facilitando la gestión a través de su web, aplicación móvil y asistencia telefónica.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Quién está obligado a presentar la declaración?</strong></h2>



<p>La obligación de declarar dependerá, entre otros factores, de:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Nivel de ingresos obtenidos</li>



<li>Número de pagadores</li>



<li>Tipo de rentas (trabajo, capital, actividades económicas, etc.)</li>



<li>Aplicación de deducciones o beneficios fiscales</li>
</ul>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Novedades fiscales relevantes</strong></h2>



<p>Entre los principales cambios de la campaña destacan:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Deducción para rentas bajas</strong>, que puede alcanzar hasta 340 euros.</li>



<li><strong>Incentivos fiscales “verdes”</strong>, vinculados a obras de eficiencia energética, instalación de energías renovables o adquisición de vehículos eléctricos.</li>



<li><strong>Incremento del tipo impositivo del ahorro</strong> hasta el 30% para bases superiores a 300.000 euros.</li>



<li><strong>Mayor control sobre inversiones</strong>, especialmente en criptomonedas y activos financieros.</li>



<li><strong>Nuevas deducciones autonómicas</strong>, que pueden incluir gastos como formación, salud o actividades deportivas, dependiendo de la comunidad autónoma.</li>
</ul>



<p>Estas medidas refuerzan la necesidad de analizar cada caso de forma individualizada para optimizar el resultado de la declaración.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué plazos deben tenerse en cuenta?</strong></h2>



<p>Además del inicio el 8 de abril, conviene tener presentes otras fechas clave:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>6 de mayo</strong>: inicio de la presentación telefónica (con cita previa)</li>



<li><strong>1 de junio</strong>: inicio de la atención presencial en oficinas</li>



<li><strong>25 de junio</strong>: fin del plazo para declaraciones con domiciliación bancaria</li>



<li><strong>30 de junio</strong>: fin de la campaña de la renta</li>
</ul>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Errores habituales</strong></h2>



<p>Uno de los aspectos más relevantes en esta fase inicial es la revisión del borrador. Entre los errores más comunes destacan:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>No incluir ingresos adicionales no reflejados automáticamente</li>



<li>Olvidar deducciones fiscales aplicables</li>



<li>Confirmar el borrador sin revisar datos personales o familiares</li>



<li>No declarar correctamente determinadas rentas (inmobiliarias, inversiones, etc.)</li>
</ul>



<p>El borrador es una propuesta de la Administración, pero no garantiza que todos los datos sean correctos o completos.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Ejemplo práctico</strong></h2>



<p>Un contribuyente con varios pagadores puede tener retenciones insuficientes durante el ejercicio. Si no revisa correctamente su borrador, puede encontrarse con un resultado a ingresar mayor del previsto.</p>



<p>Una revisión previa permite:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Detectar posibles ajustes</li>



<li>Planificar el impacto económico</li>



<li>Evitar recargos o sanciones</li>
</ul>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Conclusión</strong></h2>



<p>El inicio de la campaña de la renta el 8 de abril marca un momento clave para la planificación fiscal del ejercicio.</p>



<p>Las novedades introducidas este año, junto con la complejidad del sistema tributario, hacen imprescindible una <strong>revisión detallada de la información fiscal y un análisis individualizado de cada situación</strong> para evitar errores y optimizar el resultado de la declaración.</p>



<p>En <strong>C72 ASESORES</strong> te ayudamos a resolver cualquier duda. Analizamos cada caso de forma específica.</p>
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